Herencia DigitalGuía completa 2026Con ejemplos reales17 abril 2026 · 12 min

Cuánto se paga por
una herencia en España
en 2026: guía con ejemplos reales

La misma herencia puede costar 0€ en Madrid o más de 50.000€ en Extremadura. Cuánto se paga por una herencia en España depende de quién hereda, cuánto hereda y dónde vivía el fallecido. Esta guía responde esa pregunta con ejemplos reales para cada tipo de heredero y cada comunidad autónoma.

Lo que pagaría tu familia en 3 segundos

Herencia de 200.000€ · Estimaciones orientativas

HerederoMadridCataluñaExtremadura
Hijo mayor de 21~0€~12.000€~28.000€
Cónyuge~0€~12.000€~28.000€
Hermano/a~5.000€~28.000€~50.000€
No pariente~25.000€~55.000€~65.000€

Estimaciones orientativas para herencia de 200.000€ entre heredero único sin patrimonio previo. Consulta siempre con un asesor fiscal. No constituye asesoramiento.

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La respuesta corta — y por qué no es simple

Cuánto se paga por una herencia en España depende de tres factores que se multiplican entre sí: el valor de lo que se hereda, el parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma donde residía.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) está regulado por la Ley 29/1987 y tiene una tarifa estatal progresiva que va del 7,65% al 34%. Pero como el impuesto está cedido a las comunidades autónomas, cada una puede fijar sus propias bonificaciones, reducciones y tipos.

1

Valor de la herencia

A mayor patrimonio heredado, mayor tipo marginal

2

Parentesco

Hijos y cónyuge tienen las reducciones más altas

3

Comunidad autónoma

Diferencia de hasta un 99% según la región

0€ en Madrid — 51.000€ en Extremadura.

La misma herencia de 300.000€. El mismo hijo. Distinta comunidad autónoma.

La fórmula completa — cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones paso a paso

Ejemplo práctico: hijo mayor de 21 años, hereda 300.000€ (piso + dinero en banco), sin deudas del fallecido, patrimonio propio inferior a 402.000€.

1

Valor bruto de la herencia

300.000€

Suma de todos los activos del fallecido: inmueble 250.000€ + cuentas 50.000€. Sin deudas en este ejemplo.

2

Base imponible (parte del heredero)

300.000€

Herencia íntegra para un único heredero. Con varios herederos se divide según el testamento o la ley.

3

Base liquidable tras reducción por parentesco

300.000€ – 15.957€ (G.II)

284.043€

Grupo II (hijo mayor de 21): reducción estatal de 15.957€. Hijos menores de 21 tienen reducción mayor.

4

Cuota íntegra — tarifa progresiva estatal

Tarifa art. 21 Ley 29/1987

~51.400€

Tipo marginal para esta base: 25,50%. La tarifa es acumulativa: los primeros 7.993€ tributan al 7,65%, no todo al mismo tipo.

5

Cuota tributaria — coeficiente multiplicador

51.400€ × 1,0

~51.400€

Con patrimonio propio <402.678€, el coeficiente para G.II es 1,0. Si el heredero ya tiene más patrimonio, puede subir hasta 1,2.

6

Impuesto final — bonificación autonómica

Madrid

Bonif. 99%

~514€

Cataluña

Bonif. ~57%

~22.100€

Extremadura

Bonif. 0%

~51.400€

El mismo hijo, la misma herencia, 50.000€ de diferencia

La diferencia entre la comunidad más barata y la más cara para un hijo que hereda 300.000€ supera los 50.000€. No es un detalle técnico: es dinero real que la familia paga o no paga en función de dónde vivía el fallecido.

Cuánto paga cada tipo de heredero — los 4 grupos de parentesco

El parentesco determina la reducción aplicable y el coeficiente multiplicador. La diferencia entre heredar como hijo o como hermano puede triplicar el impuesto a pagar.

GRUPO I

Descendientes menores de 21 años

Reducción 15.957€ + 3.991€/año

La reducción más alta de todas. Un hijo de 15 años que hereda 100.000€:

Reducción total

39.903€

15.957 + (6 años × 3.991)

Base liquidable

60.097€

Cuota sin bonif.

~6.300€

Madrid: ~63€Cataluña G.I: ~63€Extremadura: ~6.300€
GRUPO II

Hijos mayores de 21, cónyuge y padres

Reducción 15.957€

El grupo más frecuente. Lo que paga un hijo mayor de 21 o el cónyuge según el valor de la herencia:

HerenciaMadridCataluñaExtremaduraAsturias
50.000€~31€~1.300€~3.100€~800€
200.000€~280€~12.000€~28.300€~8.000€
500.000€~1.060€~45.600€~106.000€~32.000€
GRUPO III

Hermanos, tíos y sobrinos

Reducción solo 7.993€ · Coef. ×1,5882

La reducción es menos de la mitad que para hijos. Además, el coeficiente multiplicador es 1,5882 para patrimonios inferiores a 402.000€, lo que encarece significativamente el resultado.

Ejemplo: hermana única hereda 150.000€ del fallecido, sin deudas, con patrimonio propio de 150.000€:

Base liquidable: ~142.000€Cuota × coef.: ~31.400€Madrid: ~26.700€Extremadura: ~31.400€

Un hermano puede pagar 3 o 4 veces más que un hijo por la misma herencia.

GRUPO IV

Primos, no parientes y extraños

Sin reducción · Coef. ×2,0 a ×2,4

Sin reducción estatal y con el coeficiente multiplicador más alto (desde 2,0 para patrimonio bajo). Afecta a parejas de hecho no registradas, amigos designados en testamento y cualquier persona sin vínculo de parentesco.

Parejas de hecho: riesgo fiscal alto en muchas CC.AA.

En las comunidades que no reconocen legalmente a las parejas de hecho como equiparables al cónyuge, la pareja puede tributar como Grupo IV —sin reducción y con coeficiente 2,0. Verifica el régimen específico de tu comunidad.

El mapa de España — dónde se paga más y menos en 2026

Tabla completa de bonificaciones por comunidad autónoma para hijos, cónyuge (Grupos I-II) y hermanos (Grupo III) en 2026, ordenada de menor a mayor carga fiscal para Grupos I-II. Datos orientativos sujetos a la normativa autonómica vigente. Consulta la AEAT o la normativa de tu comunidad para confirmar.

≥95% bonif.
70-94%
40-69%
<40%
Régimen especial
Comunidad AutónomaG.I-II (hijos, cónyuge)G.III (hermanos)Nota
Canarias99,9%Sin bonif. específica
Madrid99%~15%
Andalucía99%Sin bonif. específica
Galicia99%Sin bonif. específica
Murcia99%Sin bonif. específica
La Rioja99%Sin bonif. específica
Castilla y LeónHasta 99% (condicional)Sin bonif. específicaCondicional
Castilla-La Mancha85%Sin bonif. específica
Cantabria90%Sin bonif. específica
Cataluña99% G.I / 57% hijos>21Sin bonif. específicaCónyuge 99%
Aragón65%Sin bonif. específica
Comunitat Valenciana75%Sin bonif. específica
BalearesVariable (progresiva)Sin bonif. específicaProgresiva
AsturiasReducción base 300k+Sin bonif. específica
ExtremaduraSin bonif. (tarifa plena)Sin bonif. específicaMayor carga
País Vasco (Álava)Exento hasta 400kRégimen foralRégimen foral
País Vasco (Gipuzkoa)Exento hasta 400kRégimen foralRégimen foral
País Vasco (Bizkaia)Exento hasta 400kRégimen foralRégimen foral
NavarraRégimen foral propioRégimen foralSistema propio

Datos orientativos. Bonificaciones y reducciones sujetas a la normativa autonómica vigente en abril 2026. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta la normativa de tu comunidad.

Ejemplos reales — cuánto pagaría en situaciones concretas

🏠

CASO 1

La herencia típica de clase media

Fallecido

Padre, 68 años, Madrid

Herencia

Piso 250.000€ + banco 30.000€

Herederos

2 hijos mayores de 21

Reparto

140.000€ cada hijo

Madrid: prácticamente 0€ (99%)Cataluña: ~8.000€ cada hijoExtremadura: ~22.000€ cada hijo

CASO 2 — Activos digitales

La herencia con criptomonedas

Fallecida

Madre, 55 años, Valencia

Herencia

Banco 100.000€ + Bitcoin 50.000€

Heredero

Un hijo mayor de 21

Total

150.000€ (cripto tributa igual)

Las criptomonedas tributan exactamente igual que el dinero en banco. El Bitcoin de 50.000€ se suma al resto del patrimonio. Pero hay un riesgo crítico adicional: si la madre guardaba el bitcoin en una wallet privada sin dejar instrucciones de acceso, los herederos podrían pagar el impuesto sobre un activo al que jamás podrán acceder. Consulta nuestra calculadora de herencia con criptomonedas para entender el proceso completo.

Comunitat Valenciana: ~9.000-12.000€Madrid: ~170€
👫

CASO 3 — Grupo III

Herencia entre hermanos

Fallecido

Hermano soltero sin hijos, Barcelona

Herencia

Piso 200.000€ + banco 20.000€

Heredera

Hermana única (Grupo III)

Total

220.000€

Cataluña: ~35.000-40.000€Madrid: ~30.000€Extremadura: ~43.000€

Para la misma herencia de 220.000€, un hijo habría pagado ~300€ en Madrid o ~15.000€ en Cataluña. La diferencia entre grupos de parentesco es enorme.

⚠️

CASO 4 — Grupo IV

Herencia a un amigo (no pariente)

Fallecido

Amigo íntimo con testamento

Herencia

100.000€

Heredero

Amigo, patrimonio propio 300.000€

Coeficiente

2,0 (Grupo IV, patrimonio <402k)

En casi cualquier CC.AA.: ~25.000-35.000€

Dejar herencia a alguien sin parentesco requiere planificación anticipada. En muchas comunidades el no pariente pagará un 25-34% del valor heredado.

Los activos especiales — lo que no tributa igual

Algunos activos tienen reducciones específicas que pueden reducir drásticamente el impuesto. Conocerlos puede marcar una diferencia de decenas de miles de euros.

🏠

Vivienda habitual del fallecido

95% sobre el valor

Reducción del 95% del valor del inmueble (hasta 122.606€ a nivel estatal, ampliable por las CC.AA.) si el heredero es cónyuge, ascendiente, descendiente o colateral mayor de 65 años que convivía con el fallecido. Condición: mantenerla durante 10 años.

Piso de 200.000€ → solo tributan 10.000€

🛡

Seguros de vida

Hasta 9.195€ exentos

Los seguros de vida tienen un tratamiento especial. El cónyuge, ascendientes y descendientes pueden aplicar una reducción de hasta 9.195€ sobre el importe percibido. Muchas CC.AA. amplían esta reducción significativamente.

Seguro de 50.000€ → base reducida en 9.195€

💼

Empresa familiar

95% si cumple requisitos

Reducción del 95% del valor si se acredita actividad económica real, participación mínima y ejercicio de funciones directivas remuneradas. Heredar la empresa familiar puede ser hasta 20 veces más eficiente fiscalmente que heredar el mismo valor en dinero.

Empresa valorada en 500.000€ → tributa por 25.000€

🔑

Criptomonedas y activos digitales

Sin reducción especial

Las criptomonedas tributan como dinero: sin reducciones específicas. Pero hay un riesgo añadido: si el fallecido no dejó instrucciones de acceso a su wallet, los herederos pueden pagar el impuesto sobre activos que jamás podrán recuperar.

Qué pasa con las criptomonedas si el fallecido no dejó instrucciones de acceso

Qué otros gastos hay además del impuesto de sucesiones

El impuesto es el mayor coste de una herencia, pero no el único. Tramitar una herencia en España genera gastos notariales, registrales y administrativos que hay que tener en cuenta.

Notario (escritura de aceptación)

Variable según valor del patrimonio

300€ – 1.500€

Registro de la Propiedad (por inmueble)

Solo si hay inmuebles

100€ – 600€

Plusvalía municipal (IIVTNU)

Por cada inmueble en suelo urbano

Variable

Gestoría o asesoría legal

Recomendable en herencias complejas

500€ – 2.000€

Certificado de últimas voluntades

Trámite obligatorio

3,82€

Certificado de seguros de vida

Trámite obligatorio

3,82€

TOTAL GASTOS ADICIONALES (sin impuesto)

500€ – 5.000€

La calculadora de herencia — cómo saber exactamente cuánto pagarás

Los artículos y las tablas generales son orientativos. La cuota real depende de decenas de variables: el número exacto de herederos, sus edades, el patrimonio previo de cada uno, las reducciones aplicables por tipo de activo… Todo eso solo puede calcularlo una herramienta diseñada para ello. Consulta también nuestra guía completa de herencia digital en España para el contexto legal completo.

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Aviso legal: Los resultados de la calculadora son estimaciones orientativas basadas en la normativa fiscal vigente. No constituyen asesoramiento fiscal personalizado. Consulta con un gestor o asesor fiscal colegiado antes de presentar cualquier declaración.

Preguntas frecuentes sobre cuánto se paga por una herencia en España

¿Cuánto se paga por una herencia en España?+
Depende de tres factores: el valor de la herencia, el grado de parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma de residencia del fallecido. La tarifa estatal es progresiva y va del 7,65% al 34%. Sin embargo, la mayoría de comunidades aplican bonificaciones importantes para hijos y cónyuge: en Madrid, Andalucía, Galicia o Murcia, los hijos y el cónyuge pagan prácticamente 0€. En Cataluña pueden pagar entre un 5% y un 15% del valor heredado. En Extremadura o Asturias, la carga puede ser significativamente mayor.
¿Cuánto paga un hijo por una herencia de 300.000€ en España?+
Depende de la comunidad autónoma. En Madrid o Andalucía: prácticamente 0€ (99% de bonificación). En Cataluña: aproximadamente 22.000€. En Extremadura sin bonificación específica: podría superar los 51.000€. La base liquidable para un hijo mayor de 21 años sería de 284.043€ (300.000€ menos la reducción de 15.957€). Sobre esa base se aplica la tarifa progresiva estatal antes de las bonificaciones autonómicas.
¿Cuánto paga el cónyuge por una herencia en España?+
El cónyuge está en el Grupo II y tiene la misma reducción estatal que los hijos mayores de 21 años (15.957€). En comunidades con bonificaciones altas como Madrid, Andalucía o Galicia, el cónyuge prácticamente no paga. En comunidades sin bonificación específica, puede pagar cantidades significativas. Además, el cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora, lo que puede reducir la base imponible.
¿Cuánto paga un hermano por heredar en España?+
Los hermanos están en el Grupo III con una reducción estatal de solo 7.993€. Sin bonificaciones autonómicas específicas, y con el coeficiente multiplicador 1,5882 aplicable a este grupo, un hermano puede pagar entre el 16% y el 34% de la base liquidable. Para una herencia de 150.000€, un hermano podría pagar entre 25.000€ y 35.000€ dependiendo de la comunidad. Las diferencias entre comunidades para Grupo III son menores que para Grupos I y II.
¿En qué comunidad autónoma se paga menos herencia?+
Para hijos y cónyuge, las comunidades con menor carga fiscal son Madrid, Andalucía, Galicia, Murcia y Canarias, con bonificaciones del 99% que dejan el impuesto en prácticamente 0€. País Vasco y Navarra tienen sus propios sistemas forales con reglas distintas y pueden ser también muy ventajosos. Para parientes más lejanos, las diferencias entre comunidades se reducen.
¿Se puede heredar sin pagar impuesto de sucesiones en España?+
Sí, en la práctica, si se es hijo o cónyuge del fallecido y este residía en Madrid, Andalucía, Galicia o Murcia. Las bonificaciones del 99% en estas comunidades hacen que el impuesto sea simbólico. Sin embargo, aunque el impuesto sea casi cero, la obligación de presentar la autoliquidación en el plazo de 6 meses sigue existiendo legalmente en la mayoría de comunidades.
¿Qué pasa si no se paga el impuesto de sucesiones en el plazo?+
Si se presenta fuera de plazo voluntariamente, los recargos son del 5% (hasta 3 meses), 10% (hasta 6 meses), 15% (hasta 12 meses) y 20% (más de 12 meses), más intereses de demora. Si Hacienda detecta la omisión, puede imponer una sanción del 50% al 150% de la cuota. El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses bajo solicitud.
¿Tributan igual todos los activos en una herencia?+
En principio sí, todos los activos se suman para calcular la base imponible. Sin embargo, hay reducciones específicas: la vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95% sobre su valor (hasta ciertos límites). Los activos de empresa familiar también tienen reducciones del 95%. Las criptomonedas no tienen reducción especial y tributan como dinero en efectivo. Los seguros de vida tienen una reducción de hasta 9.195€ para familiares directos.

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Estimación orientativa. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta con un gestor o abogado para planificación personalizada antes de presentar la autoliquidación del ISD.

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Aviso legal: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y orientativo. Los ejemplos y cifras son estimaciones basadas en la normativa fiscal estatal vigente y en las bonificaciones autonómicas conocidas a abril de 2026. La normativa puede variar. Arkakey no es un despacho de abogados ni una gestoría. Consulta siempre con un asesor fiscal o gestor colegiado antes de presentar cualquier declaración tributaria.