Respuesta rápida — cuánto paga cada perfil en Galicia en 2026
Cuánto paga cada grupo en Galicia
Prácticamente 0€ siempre. Reducción de hasta 1.500.000€ + deducción del 99% de la cuota. Ejemplo: hijo de 18 años → reducción 1.300.000€ + 99% cuota = 0€ en prácticamente todos los casos.
0€ si la herencia es menor de 400.000€ (hijos ≥ 25 y cónyuge). Hijos entre 21 y 24 años: reducción mayor escalonada. El 99% de los casos directos: 0€.
0€ hasta 25.000€ (novedad 2026). Más de 25.000€: se paga. 50.000€ entre hermanos: ~3.400€. 500.000€: ~164.000€.
Sin reducción. Tarifa completa. Puede llegar al 34%. Sin apenas ventajas en Galicia.
Grupos I y II — hijos, cónyuge y ascendientes: por qué el 99% no paga nada
Mucha gente cree que existe una exención automática de 1.000.000€ para todos los hijos. No es exactamente así. Hay que distinguir por edad y parentesco — y la diferencia es significativa.
Hijos menores de 21 años — Grupo I
Reducción base: 1.000.000€ + 100.000€ por cada año que le falte para cumplir 21. Límite máximo: 1.500.000€. Además: deducción del 99% sobre la cuota tributaria.
Hijo 20 años
Reducción: 1.100.000€
Deducción cuota: 99%
0€
Hijo 18 años
Reducción: 1.300.000€
Deducción cuota: 99%
0€
Hijo 15 años
Reducción: 1.500.000€ (cap)
Deducción cuota: 99%
0€
Hijos entre 21 y 24 años — Grupo II tramo especial
Reducción escalonada — cuanto más joven, mayor la reducción:
Hijos ≥ 25 años, cónyuge y ascendientes — Grupo II general
Reducción: 400.000€. Sin la deducción del 99% de la cuota — esa solo es para el Grupo I (menores de 21). Si la herencia supera los 400.000€, el exceso tributa según la tarifa propia gallega (más favorable que la estatal).
Ejemplo real — Hija de 38 años hereda 300.000€ en A Coruña
Pero debe presentar el modelo 650 igualmente, aunque la cuota sea 0€.
El caso en que sí se paga — herencias grandes
Ejemplo: hijo de 45 años hereda 1.200.000€ (cartera de inversión sin inmueble).
La ATRIGA confirma que el 99% de los casos directos no tributan porque el patrimonio medio transmitido es inferior a 400.000€.
Fuente: Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) — datos verificados abril 2026.
Grupo III — hermanos, tíos, sobrinos y afinidad: la novedad de los 25.000€ y lo que sigue pagando
El Grupo III en Galicia incluye hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos y nueras. Hasta 2025, la situación era desigual. Desde 2026, hay una novedad importante que beneficia a todos.
La reducción del Grupo III — cómo ha evolucionado
Qué significa en la práctica
Herencias de hasta 25.000€ entre hermanos, tíos o sobrinos en Galicia → no pagan nada desde 2026. La Xunta estima que un 65% de los Grupo III quedan exentos con esta medida. Galicia es la 4ª comunidad con mejor trato para colaterales tras Canarias, La Rioja y Madrid.
A partir de 25.000€: tarifa estatal progresiva sin bonificación
A diferencia de los Grupos I y II, el Grupo III no tiene bonificación del 99% ni tarifa propia más baja. Aplica la tarifa estatal progresiva desde el primer euro que supere los 25.000€.
| Herencia entre hermanos | Cuota estimada (Galicia) | Comparable en Canarias | Comparable en Madrid |
|---|---|---|---|
| Hasta 25.000€ | 0€ ✅ | ~0€ | ~0€ |
| 50.000€ | ~3.402€ | ~200€ | ~3.500€ |
| 100.000€ | ~10.000€ est. | ~200€ | ~7.000€ |
| 500.000€ | ~164.110€ | ~200€ | ~40.000€ |
Conclusión: Galicia es generosa en herencias pequeñas entre colaterales, pero costosa en las grandes frente a Canarias o La Rioja. Fuente: Manuel González Abogados, datos verificados 2026.
Excepción importante: hermano mayor de 65 años que convivía
Un hermano mayor de 65 años que convivió con el fallecido los 2 últimos años puede aplicar la reducción del 95-99% sobre la vivienda habitual (hasta 600.000€). Puede cambiar completamente el resultado para hermanos que vivían juntos con el fallecido — pasar de pagar 40.000€ a pagar 700€.
La reducción por vivienda habitual en Galicia — de 95% a 99% según el valor
Galicia tiene una de las reducciones por vivienda habitual más generosas de España — escalonada por valor del inmueble, con un límite de 600.000€ y porcentajes más altos para viviendas de menor valor.
Quién puede aplicar la reducción
| Valor del inmueble | Reducción aplicable | Cónyuge |
|---|---|---|
| Hasta 150.000€ | 99% | 100% |
| De 150.000,01€ a 300.000€ | 97% | 100% |
| Más de 300.000€ | 95% | 100% |
| Límite máximo de la reducción | 600.000€ | 600.000€ |
Ejemplo: hijo único, 45 años, hereda 800.000€ con piso de 250.000€ en Vigo
La diferencia: 20.000€+ de ahorro aplicando correctamente la reducción por vivienda habitual.
Condición de mantenimiento: 5 años
El heredero debe mantener la vivienda 5 años. Si vende antes: devuelve la reducción aplicada.
Excepciones sin devolución:
- El adquirente fallece dentro del plazo de 5 años.
- Venta y reinversión total en otra vivienda habitual en Galicia.
- Transmisión por pacto sucesorio gallego.
Los pactos sucesorios gallegos — la ventaja única del derecho civil de Galicia
Este apartado es el más diferencial de este artículo. Los pactos sucesorios son figuras propias del derecho civil gallego que no existen en el Código Civil común. Permiten planificar la herencia en vida con ventajas fiscales que una donación tradicional no tiene.
Apartación
El causante transmite bienes en vida a un heredero forzoso a cambio de que este renuncie a su legítima futura en la herencia.
Tributa como adquisición mortis causa — aplican reducciones de sucesiones, no de donaciones.
Mejora
El causante transmite anticipadamente bienes concretos a descendientes. No implica renuncia a la legítima futura.
También tributa como mortis causa. Plazo: 1 mes desde la escritura (no 6 meses).
Por qué la apartación puede ahorrar decenas de miles de euros frente a una donación
✗ Donación de piso (valor: 300.000€)
• IRPF del donante por plusvalía (ganancia patrimonial)
• Plusvalía municipal pagada por el donante
• Impuesto de donaciones con reducciones menores
✓ Apartación del mismo piso
• No genera IRPF para el causante (art. 33.3.b LIRPF)
• No genera plusvalía municipal
• Tributa con reducciones de sucesiones (400.000€ si hijo ≥25)
Resultado: mucho menor carga fiscal total
Para quién es especialmente interesante
- Familias con patrimonio que supera las reducciones de sucesiones y quieren planificar en vida.
- Propietarios de inmuebles con mucha plusvalía latente que quieren transmitirlos sin coste de IRPF.
- Empresarios gallegos con empresa familiar que quieren una transmisión ordenada.
Consejo: Siempre con asesor fiscal gallego especializado — la interacción con la novedad de 2026 es compleja.
La novedad de enero 2026 — por qué la reducción ya no es acumulable si hubo pacto sucesorio
Este es el punto más importante de 2026 y el que menos se ha explicado
Desde el 1 de enero de 2026 (Ley de medidas fiscales 2026 de Galicia), la reducción por parentesco y discapacidad es única para todos los hechos imponibles entre el mismo causante y causahabiente — independientemente del tiempo transcurrido entre ellos.
Hasta 31 diciembre 2025
Si un padre hacía una apartación al hijo y después el hijo heredaba el resto al morir el padre, había debate: el TSJ de Galicia había fallado a favor de aplicar la reducción de forma autónoma en cada hecho imponible. Resultado: el hijo podía usar los 400.000€ de reducción dos veces.
Desde 1 enero 2026
La reducción es única para todos los hechos imponibles entre el mismo causante y causahabiente. Si el hijo ya usó parte de su reducción en una apartación: en la herencia solo puede usar el resto disponible. Si agotó la reducción entera: en la herencia no hay reducción disponible.
Ejemplo concreto — Padre hace apartación en 2023 y fallece en 2026
Apartación (2023)
Herencia (2026)
Sin la novedad 2026 (antes podría argumentarse): reducción completa de 400.000€ en la herencia. Base liquidable: 0€. Cuota: 0€. El cambio de 2026 puede suponer varios miles de euros adicionales para familias con pactos sucesorios previos.
Quién se ve afectado — y quién no
Sí se ve afectado
Familias que hicieron pactos sucesorios antes de 2026 con herencia pendiente. Familias que planean combinar pactos + herencia.
No se ve afectado
Nadie que haga solo herencia sin pactos previos. Para ellos no cambia nada.
⚠️ Esta es la sección más técnica del artículo. Para situaciones concretas que combinen pactos y herencias, consulta con un asesor fiscal gallego especializado. La interacción entre normativa 2026 y situaciones previas puede ser compleja. Fuente: Cuatrecasas, análisis novedades tributarias Galicia 2026.
Ejemplos reales con números — 5 casos concretos en Galicia
⚠️ Estimaciones orientativas basadas en normativa vigente.
Consultar con asesor fiscal para tu caso concreto.
Calcular mi herencia en Galicia →Cómo y dónde declarar en Galicia — plazos, modelos y presentación
Órgano gestor
ATRIGA
Axencia Tributaria de Galicia
Modelo
650
Programa ALIS para confección
Plazo ordinario
6 meses
Desde el fallecimiento
Prórroga posible
6 meses más
Solicitarla antes del mes 5
Plazos y proceso paso a paso
Empieza el cómputo del plazo de 6 meses.
Reunir documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (MJUSTICIA, desde los 15 días hábiles), testamento o declaración de herederos, inventario de bienes.
Si necesitas más tiempo, solicitar la prórroga antes de que termine el quinto mes. La prórroga genera intereses de demora sobre la cuota a pagar.
Presentar el Modelo 650 ante la ATRIGA. Pagar la cuota (o cero, pero presentar igualmente).
Con intereses de demora (~3,75% en 2026). Cuanto antes se liquide, menor el coste de la prórroga.
Presentación presencial
Delegaciones territoriales de la ATRIGA en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. También oficinas de distrito hipotecario y liquidadoras. Sistema de cita previa preferente.
Presentación telemática
A través de la OVT (Oficina Virtual Tributaria) de la ATRIGA en atriga.gal. Con certificado digital. Programa ALIS para confección del Modelo 650.
Aunque la cuota sea 0€: hay que presentar el modelo 650
No presentarlo dentro del plazo tiene sanción por incumplimiento de obligación formal — aunque no haya cuota a ingresar. La presentación es siempre obligatoria dentro de los 6 meses (u 12 con prórroga).
Caso especial — Pactos sucesorios (apartación y mejora)
El plazo de presentación del ISD para apartaciones y mejoras es 1 mes desde la firma de la escritura — no 6 meses. Este plazo más corto es habitual pasar por alto. Consulta con un asesor al firmar cualquier pacto sucesorio gallego.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en Galicia
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⚠️ Aviso legal: cifras orientativas. No constituye asesoramiento fiscal individualizado.
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