Herencia DigitalSubida 2,7% · 2026 · LGSS art. 219Matrimonio · Pareja de hecho · Divorciados

Pensión de viudedad en España 2026 — requisitos completos, cuánto se cobra y los 5 casos especiales que muchos desconocen

La pensión de viudedad no llega sola. Hay que solicitarla. Y hay que hacerlo en los primeros 3 meses tras el fallecimiento — después, solo hay retroactividad de 3 meses desde la solicitud.

En 2026 ha subido un 2,7%. Las cuantías mínimas van desde los 709€/mes para menores de 60 años hasta los 1.127€/mes con cargas familiares.

Pero los requisitos son distintos según el vínculo: el matrimonio tiene condiciones diferentes a la pareja de hecho. Y la pareja de hecho tiene un requisito que muy poca gente conoce hasta que ya es tarde: el de dependencia económica.

Esta guía explica todos los requisitos, las cuantías reales de 2026, los 5 casos especiales y cómo solicitar la pensión online en menos de 30 minutos.

ℹ️ Artículo informativo. Para situaciones concretas consulta con el INSS o con asesor especializado en Seguridad Social.

Qué es la pensión de viudedad y quién puede cobrarla

Respuesta rápida

Qué es

Prestación contributiva de la Seguridad Social que compensa la pérdida de ingresos derivada del fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho. Regulada en los artículos 219 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social.

Quiénes pueden cobrarla

  • Cónyuge superviviente (matrimonio vigente)
  • Pareja de hecho registrada (con condiciones)
  • Ex cónyuge divorciado o separado (con condiciones)
  • En algunos casos: víctimas de violencia de género

Lo que NO es

  • No es automática — hay que solicitarla
  • No es vitalicia en todos los casos
  • No es exclusivamente para personas mayores
  • Es compatible con trabajar y con otras pensiones

Dos requisitos independientes que deben cumplirse

La ley exige que se cumplan condiciones en dos planos:

1. El causante (el fallecido)

Haber cotizado suficientemente a la Seguridad Social

2. El beneficiario (quien solicita)

Tener el vínculo correcto y cumplir las condiciones específicas

Ambos planos son necesarios. Si el fallecido no cotizó suficiente: no hay pensión aunque el vínculo sea perfecto.

Requisitos para el cónyuge — matrimonio

Requisitos del fallecido (causante)

En alta o situación asimilada al alta:

  • Fallecimiento por enfermedad común: mínimo 500 días cotizados en los últimos 5 años
  • Fallecimiento por accidente laboral o enfermedad profesional: sin mínimo

No en alta al fallecer:

  • Mínimo 15 años cotizados en toda la vida laboral

Ya pensionista: sin requisito adicional de cotización

Requisitos del cónyuge superviviente

  • Matrimonio vigente al fallecimiento
  • No haber contraído nuevo matrimonio ni pareja de hecho tras el fallecimiento

Condición adicional si el fallecimiento fue por enfermedad común

Cumplir AL MENOS UNA de estas:

  • a) Matrimonio contraído al menos 1 año antes del fallecimiento
  • b) Hijos en común con el fallecido

Si hubo convivencia previa como pareja de hecho: La suma del tiempo de pareja de hecho + matrimonio debe superar los 2 años. En ese caso: no se exige el año mínimo de matrimonio.

¿Qué pasa si el matrimonio duró menos de 1 año y no hay hijos comunes?

Si el fallecimiento fue por enfermedad común: no hay pensión de viudedad vitalicia.

Pero sí hay PRESTACIÓN TEMPORAL DE VIUDEDAD: misma cuantía, durante 2 años.

Requisitos para la pareja de hecho — los más restrictivos y los menos conocidos

Los tres requisitos siguientes deben cumplirse simultáneamente.

1

Inscripción registral previa

Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la CCAA donde residan. O escritura pública de constitución de pareja ante notario. Con antelación mínima de 2 años antes del fallecimiento.

Una inscripción hecha hace 18 meses: no cumple. Una hecha hace 2 años y 1 día: sí cumple. Por eso las parejas de hecho deben inscribirse cuanto antes — no cuando ya hay un diagnóstico grave o se prevé el fallecimiento.

2

Convivencia de 5 años

Convivencia estable y notoria de al menos 5 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores al fallecimiento.

Cómo se acredita:

  • Certificado de empadronamiento en la misma dirección
  • Recibos de suministros
  • Escritura o contrato de la vivienda compartida
  • Declaración testifical de amigos o familiares

5 años ininterrumpidos — no pueden ser 5 años sumados con interrupciones.

3

Dependencia económica

Ver sección específica — es el más desconocido y el que más pensiones deniega. Ir a la sección ↓

El caso de las parejas con hijos: Si hay hijos comunes, el requisito de dependencia económica se flexibiliza. No elimina el requisito — lo modifica. ver más sobre derechos de la pareja de hecho

El requisito de dependencia económica — el que más sorprende y más pensiones deniega

Qué es

Para la pareja de hecho, los ingresos del superviviente durante el año anterior al fallecimiento no pueden superar:

  • El 50% de la suma de los ingresos de ambos miembros de la pareja
  • O el 25% si hay hijos con derecho a pensión de orfandad

Excepción favorable: Si los ingresos del superviviente no superan 1,5 veces el SMI vigente: puede acceder a la pensión aunque supere esos porcentajes.

Por qué sorprende tanto

En las parejas de hecho actuales es habitual que ambos miembros trabajen con ingresos similares. Si los dos ganaban prácticamente lo mismo: el superviviente puede superar el 50% y no tener derecho a la pensión. El requisito de dependencia económica asume un modelo de pareja con diferencias de ingresos — no el modelo de dos personas con ingresos iguales.

Ejemplo A — Probablemente sin derecho

Ella gana2.000€/mes
Él gana (fallece)800€/mes
Suma de ingresos2.800€
50% de la suma1.400€
Ella gana 2.000€ > 1.400€→ NO cumple el 50%
1,5 × SMI 2026~1.323€
Ella gana 2.000€ > 1.323€→ tampoco la excepción

Resultado: probablemente sin derecho

Ejemplo B — Con derecho

Ella gana1.200€/mes
Él gana (fallece)2.500€/mes
Suma de ingresos3.700€
50% de la suma1.850€
Ella gana 1.200€ < 1.850€→ SÍ cumple el 50%

Resultado: con derecho a la pensión

Ejemplo C — Con derecho por la excepción

Ambos ganan900€/mes
Suma de ingresos1.800€
50% de la suma900€
Ella gana 900€ = 50%→ en el límite
1,5 × SMI 2026~1.323€
Ella gana 900€ < 1.323€→ excepción aplica

Resultado: con derecho por la excepción del SMI

Este requisito NO existe para el matrimonio. El cónyuge superviviente no tiene que demostrar dependencia económica. Es una asimetría importante entre matrimonio y pareja de hecho.

Los 5 casos especiales — divorciados, nulidad, violencia de género y varios beneficiarios

Caso 1 — Ex cónyuge divorciado o separado

SÍ puede cobrar pensión de viudedad. Condiciones:

  • No haber contraído nuevo matrimonio ni pareja
  • Ser acreedor de pensión compensatoria del fallecido — que se extingue con el fallecimiento
  • Sin requisito de dependencia económica ni límite de ingresos específico

Reparto si hay varios beneficiarios: proporcional al tiempo de convivencia con garantía mínima del 40%.

Caso 2 — Nulidad matrimonial
  • El cónyuge de matrimonio declarado nulo puede cobrar pensión proporcional al tiempo de convivencia acreditado
  • Sin requisito de pensión compensatoria
  • Garantía del 40% si hay varios beneficiarios
Caso 3 — Víctimas de violencia de género

Acceso en CUALQUIER situación:

  • Matrimonio, divorcio, separación, pareja de hecho, extinción, nulidad
  • Sin requisitos adicionales de tiempo ni de dependencia económica
  • Solo acreditar la condición de víctima
Caso 4 — Varios beneficiarios

Si concurren ex cónyuge con pensión compensatoria Y cónyuge/pareja actual:

  • La pensión total se distribuye proporcional al tiempo de convivencia de cada uno con el fallecido
  • Garantía: al menos el 40% para el que tenga más tiempo de convivencia
  • Si un beneficiario fallece: su parte acrece al resto
Caso 5 — Prestación temporal (2 años)

Matrimonio < 1 año + sin hijos comunes + fallecimiento por enfermedad común = sin pensión vitalicia.

Pero: prestación temporal de 2 años con la misma cuantía que hubiera correspondido. Después de los 2 años: se extingue.

Cuantías 2026 — cuánto se cobra exactamente tras la subida del 2,7%

52%

Porcentaje general

La mayoría de casos. Cónyuge/pareja sin cargas familiares. Con ingresos propios relevantes.

60%

Porcentaje incrementado

Mayores de 65 años. Sin acceso a pensión de jubilación propia. Sin ingresos relevantes.

70%

Porcentaje máximo

Cargas familiares (hijos menores de 26 o discapacitados a cargo). La pensión supera el 50% de los ingresos totales. Ingresos bajo el límite fijado en los PGE.

Pensiones mínimas garantizadas 2026

SituaciónMensualAnual (14 pagas)
Menos de 60 años709,40€9.931,60€
60-64 años~818€~11.452€
65 años o más~874,40€
Con cargas familiares~1.127,60€

Si el cálculo del 52%/60%/70% da una cantidad inferior a estos mínimos: se percibe el mínimo garantizado.

Pensión máxima 2026: Tope de pensión máxima del sistema: ~3.175€/mes.

Ejemplo práctico — base reguladora del fallecido: 1.800€/mes

Cónyuge sin cargas, 55 años (52%)936€/mes
Cónyuge con 2 hijos menores, ingresos bajos (70%)1.260€/mes

Cómo se calcula la base reguladora — el punto de partida de todo el cálculo

Caso A — Fallecido era trabajador en activo

Contingencias comunes (enfermedad, accidente no laboral)

Media de las bases de cotización de 24 meses elegidos dentro de los últimos 15 años. Se puede elegir el período más favorable.

Contingencias profesionales (accidente laboral, enfermedad profesional)

Salario real percibido en el año anterior al fallecimiento, dividido entre 12.

Caso B — Fallecido era pensionista

La base reguladora de su pensión de jubilación o incapacidad, actualizada con todas las revalorizaciones. En general: equivale aproximadamente a la última pensión que percibía.

Caso C — Fallecido no estaba en alta

Si tenía 15 o más años cotizados: Media de todas las bases de cotización de los últimos 24 meses que consten registradas.

El dato que importa

Cuanto más alta fue la cotización del fallecido: mayor base reguladora → mayor pensión.

Un autónomo que cotizó por la base mínima durante años tendrá una base reguladora baja. Un empleado con buen salario y cotización completa: base reguladora alta.

Con qué es compatible — y cuándo se pierde

Compatible con:

Trabajo por cuenta ajena o propia

Los ingresos no extinguen la pensión. Pero pueden afectar al derecho al 60% o 70%.

Pensión de jubilación contributiva

Pensión de incapacidad permanente

Pensión de orfandad (en la misma familia)

Cuándo se extingue:

Nuevo matrimonio (regla general)

Nueva pareja de hecho

Fallecimiento del beneficiario

Excepción para nuevo matrimonio:

Se puede mantener si: más de 61 años (o incapacidad permanente) + pensión es el 75%+ de los ingresos + ingresos del nuevo matrimonio no superan el doble del SMI.

El dato práctico: En la mayoría de casos, casarse de nuevo o inscribirse como pareja de hecho significa perder la pensión de viudedad. Muchos beneficiarios optan por convivir sin formalizar la relación para no perder la prestación.

Cómo solicitarla — online en 3 pasos

⚠️ ALERTA DE PLAZO: Si se solicita más de 3 meses después del fallecimiento, la retroactividad máxima es de 3 meses desde la solicitud. Cada mes de retraso = un mes de pensión perdido definitivamente. Solicitar cuanto antes.
1Acceder a la sede electrónica

seg-social.es → "Ciudadanos" → "Pensiones" → "Supervivencia: viudedad, orfandad y favor de familiares" → "Solicitar prestación."

Se necesita: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente. Sin identificación digital: cita presencial en oficina CAISS (901 10 65 70).

2Completar la solicitud

Rellenar el modelo oficial online. Adjuntar documentación:

  • DNI del solicitante y del fallecido
  • Certificado literal de defunción
  • Libro de familia o certificado de matrimonio
  • Para pareja de hecho: certificado de inscripción en registro + empadronamiento de 5 años
3Esperar resolución

El INSS resuelve en días o semanas. Si falta documentación: el INSS la solicita sin denegar directamente. Resolución desfavorable: existe plazo de reclamación.

Preguntas frecuentes

¿Sabrá tu pareja qué hacer en las primeras semanas?

La pensión de viudedad hay que solicitarla en los primeros 3 meses. Los documentos del registro de parejas, el libro de familia y los datos de la Seguridad Social deben estar localizables desde el primer día. Déjalo todo preparado en Arkakey con instrucciones claras para tu pareja.

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