CalculadoraGrupo III — 17 CCAATributación alta9 min lectura

Herencia entre hermanos:
cuánto se paga en el impuesto de sucesiones 2026

Herencia de 100.000€ entre hermanos

Galicia

0€

Madrid

~12.000€

Cataluña

~18.000€

Heredar de un hermano puede costar entre 5 y 20 veces más que heredar del mismo importe de un padre. Los hermanos tributan en el Grupo III, con reducciones menores y sin acceso a las grandes bonificaciones que muchas CCAA reservan para hijos y cónyuge. Esta guía explica exactamente cuánto y por qué.

Lo esencial en 3 puntos

👫

Los hermanos están en el Grupo III: reducción estatal de solo 7.993€, frente a los 15.957€ del Grupo II (hijos y cónyuge).

⚠️

Las grandes bonificaciones autonómicas (99% en Madrid, Andalucía, etc.) NO aplican al Grupo III. El impuesto puede superar los 10.000€ en muchas CCAA.

Solo en Galicia, Cantabria, Canarias, País Vasco y Navarra el impuesto para hermanos puede ser bajo o cero.

Nota legal: los ejemplos de este artículo son orientativos. Los cálculos exactos dependen de las circunstancias específicas de cada herencia y pueden variar. Consulte con un asesor fiscal para su caso concreto.

Los hermanos tributan en el Grupo III: qué significa en la práctica

El impuesto de sucesiones clasifica a los herederos en 4 grupos. Los hermanos están en el Grupo III, junto a sobrinos, tíos y cuñados. Esto determina dos cosas fundamentales:

Reducción estatal

7.993€

La mitad que el Grupo II (15.957€)

Coeficiente multiplicador

1,5882

Si patrimonio previo > 402k€

Bonificaciones autonómicas

Limitadas

La mayoría no incluye al Grupo III

Tipo efectivo mínimo

~7-8%

Sobre base liquidable media

La misma herencia: hijo vs hermano

Herencia de 200.000€ — mismo fallecido, mismo patrimonio, dos escenarios diferentes: el heredero es un hijo adulto o un hermano. Comunidad autónoma: Madrid.

Hijo adulto — Grupo II

Base imponible: 200.000€

– Reducción Grupo II: –15.957€

Base liquidable: 184.043€

Cuota íntegra: ~26.000€

– Bonificación 99% Madrid: –25.740€

Cuota final

~260€

Hermano — Grupo III

Base imponible: 200.000€

– Reducción Grupo III: –7.993€

Base liquidable: 192.007€

Cuota íntegra: ~27.500€

Bonificación G III Madrid: 0€

Cuota final

~27.500€

Nota legal: los ejemplos de este artículo son orientativos. Los cálculos exactos dependen de las circunstancias específicas de cada herencia y pueden variar. Consulte con un asesor fiscal para su caso concreto.

La misma herencia, la misma CCAA. El hijo paga 100 veces menos que el hermano. La diferencia no es el dinero heredado — es el parentesco y el acceso a bonificaciones.

Tabla completa — cuánto paga un hermano en cada CCAA (herencia 100.000€)

Estimación para un hermano heredando 100.000€. Patrimonio previo inferior a 402.678€ (coeficiente 1,0). Ordenadas de menor a mayor coste.

Comunidad AutónomaEstimación Grupo IIINotas
Canarias0–50€99,9% bonificación, incluye Grupo III
Galicia0€Red. 400.000€ G II+III convivencia previa
Cantabria100% bonif.Bonificación 100% también para G III
Aragón~1.500–3.000€Bonificación parcial Grupo III
Madrid~8.000–15.000€Sin bonificación para Grupo III
Andalucía~5.000–10.000€La reducción de 1M€ no aplica a Grupo III
Cataluña~12.000–25.000€Bonificación solo para G I y II
Valencia~8.000–15.000€Bonificación 99% solo G I+II
Castilla y León~8.000–15.000€Bonificación 99% solo G I+II
Asturias~10.000–20.000€Normativa estatal básica para G III
Extremadura~10.000–20.000€Sin bonificación relevante para G III
Murcia~8.000–15.000€Bonificación 99% no incluye G III
Baleares~10.000–18.000€Bonificación parcial G III limitada
La Rioja~8.000–15.000€Bonificación 99% solo G I+II
Castilla-La Mancha~7.000–13.000€Bonificación parcial escalonada G III
País Vasco~1.000–3.000€Régimen foral: bonificación hasta 400k G III
Navarra~500–2.000€Régimen foral: exención parcial G III

Nota legal: los ejemplos de este artículo son orientativos. Los cálculos exactos dependen de las circunstancias específicas de cada herencia y pueden variar. Consulte con un asesor fiscal para su caso concreto.

Ejemplo real — herencia entre hermanos en Madrid

El hermano mayor fallece en Madrid. Soltero, sin hijos. Herencia de 180.000€: piso de 130.000€ y cuenta bancaria de 50.000€. Heredera: su hermana menor, patrimonio previo inferior a 402.678€.

Cálculo completo

Activos totales

180.000€

+ Ajuar doméstico (3% de 130k)

+3.900€

Masa hereditaria = Base imponible

183.900€

– Reducción estatal Grupo III

–7.993€

= Base liquidable

175.907€

Cuota íntegra (tarifa estatal)

~24.800€

Bonificación Madrid Grupo III

0€ (no aplica)

Impuesto a pagar

~24.800€

Si la hermana viviera en Galicia y hubiera convivido con el fallecido los 2 años anteriores al fallecimiento, el resultado podría ser 0€. La misma herencia. El mismo parentesco. Una diferencia de 24.800€.

Ejemplo real — herencia entre hermanos en Galicia

Misma situación: hermano fallece, hermana hereda 180.000€. Pero en Galicia, con convivencia previa acreditada de 2 años.

Base imponible

183.900€

– Reducción autonómica Galicia (G III con convivencia 2 años)

–400.000€ (cubre todo)

= Base liquidable

0€

Impuesto a pagar

0€

Requisito clave en Galicia: la hermana debe haber convivido con el fallecido durante los 2 años anteriores al fallecimiento y debe mantener el domicilio durante 5 años después. Si se cumple, la reducción de 400.000€ cubre herencias de ese importe completamente.

El coeficiente multiplicador en el Grupo III

El coeficiente multiplicador penaliza a los herederos con patrimonio previo y a los grupos con parentesco más lejano. Para el Grupo III los coeficientes son más altos que para el Grupo II.

Patrimonio previo del herederoGrupo I y IIGrupo III
0 – 402.678€1,00001,5882
402.678 – 2.007.381€1,05001,6676
2.007.381 – 4.020.771€1,10001,7471
Más de 4.020.771€1,20001,9059

Ejemplo: si la hermana heredera tiene un patrimonio previo de 500.000€ (Grupo III, segundo tramo), la cuota tributaria se multiplica por 1,6676. Sobre 24.800€ de cuota íntegra, el impuesto final sería ~41.400€ en lugar de 24.800€.

4 formas de reducir el coste en herencias entre hermanos

La estructura fiscal del Grupo III es más dura, pero hay opciones que pueden reducir significativamente el coste total.

01

Testamento previo del hermano con legados específicos

Sin testamento, el hermano hereda como heredero abintestato todo lo que corresponde. Con testamento, el fallecido puede usar la legítima para optimizar qué va a cada persona y aprovechar deducciones específicas en cada caso.

02

Convivencia previa (en CCAA que la exigen como requisito)

Galicia, y en parte otros territorios forales, ofrecen reducciones adicionales al Grupo III si existía convivencia en los 2 años anteriores al fallecimiento. Planificar la residencia puede tener impacto fiscal real.

03

Donación en vida si la CCAA es más favorable para donaciones a hermanos

En algunas CCAA el impuesto de donaciones entre hermanos tiene reducciones específicas. Comparar el coste de donar en vida vs heredar puede revelar ahorros significativos si se planifica con antelación.

04

Seguros de vida con beneficiario designado

Un seguro de vida con el hermano como beneficiario designado evita que ese capital entre en la masa hereditaria (con limitaciones). El beneficiario del seguro tributa en ISD sobre el capital recibido, pero puede aplicar la reducción de 9.195€ específica para seguros.

Nota legal: los ejemplos de este artículo son orientativos. Los cálculos exactos dependen de las circunstancias específicas de cada herencia y pueden variar. Consulte con un asesor fiscal para su caso concreto.

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Los resultados son orientativos. Para decisiones fiscales consulta un asesor.

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