Herencia DigitalCanarias 202699,9% — la más generosa con hermanos10 min lectura

Impuesto de sucesiones en Canarias 2026 —
bonificación del 99,9% para hijos, cónyuge
y también hermanos, tíos y sobrinos

Hermano hereda 300.000€:

~30€ en Canarias~3.500€ en Madrid~50.000€ en Cataluña

Canarias es, junto con La Rioja, la comunidad autónoma más generosa de España para heredar — y la única junto a La Rioja que extiende una bonificación del 99,9% no solo a hijos y cónyuge sino también a hermanos, tíos y sobrinos. El resultado práctico: en una herencia de 200.000€, un hijo o un hermano pagan entre 2 y 3 euros de impuesto. No es un error tipográfico. Esta bonificación llegó definitivamente en septiembre de 2023 con el Decreto Ley 5/2023 y sigue plenamente vigente en 2026. Este artículo explica cómo funciona, quién se beneficia, dónde están los límites reales y cómo declarar sin errores.

⚠️ Estimación orientativa. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta con un asesor especializado antes de tomar decisiones.

Respuesta rápida — cuánto paga cada grupo de heredero en Canarias

Cuota estimada por grupo — herencia de 200.000€ en Canarias

Hijos menores de 21 años (Grupo I)~2-3€

Bonificación 99,9% sin límite. El impuesto es puramente simbólico.

Hijos ≥ 21, cónyuge, padres (Grupo II)~2-10€

Bonificación 99,9% sin límite de cuantía para este grupo.

Hermanos, tíos, sobrinos (Grupo III)~2-10€

99,9% sobre los primeros 55.000€ de cuota. Herencias muy grandes pueden tener coste real en el exceso.

🔴
Primos y no parientes (Grupo IV)~30.000-40.000€

Sin bonificación del 99,9%. Tarifa progresiva completa: 7,65%→34%. Sin ventajas específicas.

Estimaciones orientativas. La cuota real depende de las reducciones aplicables y el patrimonio previo del heredero. No constituye asesoramiento fiscal.

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La bonificación del 99,9% — qué es exactamente y por qué cambia todo el cálculo

La diferencia clave: reducción vs bonificación

Reducción

Se resta de la base imponible antes de calcular el impuesto. Reduce lo que "heredas a efectos fiscales".

Bonificación ← La magia de Canarias

Se aplica sobre la cuota tributaria ya calculada. Aunque la base sea enorme, el 99,9% la convierte en casi cero.

Ejemplo: herencia de 500.000€ (Grupo II)

Base liquidable tras reducciones~476.000€
Cuota calculada (tarifa canaria)~60.000€ estimado
Bonificación 99,9%−59.940€
LO QUE PAGA REALMENTE~60€

Historia de la bonificación en Canarias

2012-2016

Eliminación temporal de bonificaciones por ajuste presupuestario.

2016

Se aprueba el 99,9% solo para el Grupo I (menores de 21 años).

Sept. 2023

DL 5/2023: ampliación definitiva al 99,9% para Grupos I, II y III. Hito histórico.

2025-2026

Presupuestos Canarias sin modificaciones. Bonificación plenamente vigente.

Por qué es el diferencial más importante de España

En la mayoría de comunidades, la diferencia entre un hijo y un hermano heredando es enorme. En Madrid: hijo paga ~0,1%, hermano paga el 50% de la cuota. En Cataluña: hijo paga entre 1-20%, hermano paga la tarifa completa. En Canarias: hijo paga ~0,1% = ~2€. Hermano paga ~0,1% = ~2€. Esa igualdad entre grupos es única en España.

Fuente: Agencia Tributaria Canaria (ATC) — Decreto Ley 5/2023 y Decreto-Legislativo 1/2009.

Grupos I y II — hijos y cónyuge: el resultado más bajo de España para herencias grandes

Grupo I

Descendientes y adoptados menores de 21 años.

Reducción: 15.956,87€ + 3.990,72€/año <21

Grupo II

Descendientes ≥21 años, cónyuge, ascendientes (padres, abuelos), adoptantes.

Reducción: Hijos: 23.125€ · Cónyuge: hasta 40.400€

Sin límite de cuantía para Grupos I y II

No hay un límite de 1.000.000€ como en otras comunidades. La bonificación del 99,9% aplica sobre cualquier importe. Una herencia de 5.000.000€ entre padre e hijo en Canarias resultará en menos de 100€ de impuesto.

Herencia de 200.000€ — hijo ≥ 21 (Grupo II)
Reducción parentesco canaria−23.125€
Base liquidable176.875€
Cuota tarifa estimada~17.000€
Bonificación 99,9%−16.983€
PAGA~17€
Herencia de 500.000€ — cónyuge (Grupo II)
Reducción cónyuge canaria−40.400€
Base liquidable459.600€
Cuota tarifa estimada~55.000€
Bonificación 99,9%−54.945€
PAGA~55€
Herencia de 1.500.000€ — hijo (Grupo II)
Reducción parentesco−23.125€
Base liquidable1.476.875€
Cuota estimada antes bonificación~200.000€
Bonificación 99,9%−199.800€
PAGA~200€

⚠️ Estimaciones orientativas. Consultar con asesor fiscal para tu caso concreto.

Grupo III — hermanos, tíos y sobrinos: el gran diferencial de Canarias respecto al resto

Quiénes son Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, suegros, yernos y nueras (colaterales de 2º y 3er grado más afinidad).

Cómo funciona el 99,9% para Grupo III

✅ Sobre los primeros 55.000€ de cuota: bonificación del 99,9%. Para la inmensa mayoría de herencias entre hermanos, la cuota no supera los 55.000€. Esto cubre herencias de hasta aproximadamente 400.000-500.000€ entre hermanos.

⚠️ Si la cuota supera los 55.000€: el exceso tributa según las tablas generales sin bonificación. Solo afecta a herencias muy grandes (por encima de ~500.000€ entre hermanos).

Herencia de 300.000€ entre hermanos — Canarias vs resto de España

ComunidadBonificación Grupo IIICuota estimada
Canarias99,9% hasta 55.000€ cuota~30€
La Rioja99%~10-20€
Madrid50%~3.500€
Valencia25% desde jun. 2026~más elevado
Galicia0€ hasta 25.000€, tarifa después~variable
CataluñaSin bonificación en cuota~45.000-55.000€
AsturiasSin bonificación en cuota~elevado

Cuándo el Grupo III sí paga en Canarias

Cuando la cuota tributaria supera los 55.000€ — lo que ocurre en herencias muy grandes (por encima de ~500.000€ entre hermanos).

Ejemplo: hermano hereda 2.000.000€. Cuota estimada: ~400.000€. Bonificación 99,9% solo sobre primeros 55.000€ → ahorra 54.945€. El exceso (~345.000€) tributa sin bonificación. Cuota final: ~345.000€. Para herencias de esta magnitud entre colaterales, Canarias pierde la ventaja competitiva.

Grupo IV — parientes lejanos y extraños: sin ventajas en Canarias

Quiénes son Grupo IV y qué aplica

Colaterales de 4º grado (primos), más distantes y personas sin parentesco con el fallecido.

Sin reducción por parentesco.

Sin bonificación del 99,9%.

Tarifa progresiva estatal completa: 7,65% → 34%.

Sin ventajas específicas autonómicas para este grupo.

Una herencia de 200.000€ para un primo en Canarias podría generar una cuota de 30.000-40.000€ estimado. El mismo resultado que en la mayoría de comunidades. Para este grupo no hay razón fiscal especial para preferir Canarias.

Vivienda habitual y empresa familiar — reducciones aplicables en Canarias

Vivienda habitual

Reducción95% del valor
Límite122.606,47€ (estatal)
Mantenimiento10 años

Aviso importante: en Canarias esta reducción tiene menos impacto práctico que en otras comunidades porque la bonificación del 99,9% ya hace que la cuota sea mínima. Para Grupos I, II y III la diferencia entre aplicarla o no es de céntimos. Solo tiene impacto real para el Grupo IV (sin bonificación).

Empresa familiar

Reducción del 95% sobre el valor de la empresa individual, negocio profesional o participaciones según normativa estatal base. Para empresas familiares en Canarias: la combinación reducción empresa + bonificación 99,9% hace que la tributación sea prácticamente nula para Grupos I, II y III.

Seguros de vida

Los seguros de vida se acumulan al resto de la herencia y tributan como sucesión. La bonificación del 99,9% aplica también a los importes de seguros para Grupos I y II. Menores de 21 años: bonificación adicional del 99% sobre la cuota de los seguros de vida.

Donaciones en Canarias — cuándo aplica el 99,9% y cuándo no

✓ Sucesión mortis causa
Herencia por fallecimiento

Grupos I y II99,9% sin límite
Grupo III99,9% hasta 55.000€ cuota
Grupo IVSin bonificación

⚠️ Donación inter vivos
Donación en vida con escritura pública

Grupos I y II99,9% (con escritura pública)
Grupo IIISin bonificación 99,9%
Grupo IVSin bonificación

Requisito esencial para donaciones: la donación debe documentarse en escritura pública. Sin escritura: no aplica la bonificación del 99,9%.

Limitación donaciones repetidas: si se realizan varias donaciones del mismo bien entre el mismo donante y donatario en menos de 3 años, se limita la aplicación de la bonificación. Medida anti-abuso.

Conclusión clave: donar en vida a un hermano en Canarias no tiene el 99,9%. Heredar de un hermano en Canarias . Para inmuebles muy revalorizados, la herencia sigue siendo mejor que la donación para todos los grupos (no genera IRPF para el causante).

Ejemplos reales con números — 5 casos concretos en Canarias

Caso 1 — El más frecuente: hijo hereda piso en Las Palmas
Fallecida: Madre, Las Palmas
Piso: 220.000€
Banco: 40.000€
Heredero: Hijo único, 42 años (Grupo II)
Base imponible260.000€
Reducción parentesco canaria−23.125€
Base liquidable236.875€
Cuota tarifa estimada~22.000€
Bonificación 99,9%−21.978€
PAGA~22€ ✅

Aun así, debe presentar el modelo 650 en plazo ante la ATC aunque la cuota sea de 22€.

Caso 2 — Herencia grande entre hijos (Grupo II)
Fallecido: Padre, Tenerife. Patrimonio: 1.200.000€
Herederos: 2 hijos adultos a partes iguales
Por cada hijo: 600.000€
Reducción por hijo−23.125€
Base liquidable por hijo576.875€
Cuota estimada por hijo~80.000€
Bonificación 99,9%−79.920€
PAGA CADA HIJO~80€ ✅

Total familia: ~160€ sobre 1.200.000€ de herencia.

Caso 3 — Cónyuge hereda (Grupo II)
Fallecido: Marido
Activos: Piso 350.000€ + inversiones 200.000€ + banco 80.000€
Heredera: Esposa (Grupo II)
Base imponible630.000€
Reducción cónyuge canaria−40.400€
Base liquidable589.600€
Cuota estimada~85.000€
Bonificación 99,9%−84.915€
PAGA~85€ ✅
Caso 4 — Entre hermanos, herencia mediana (Grupo III)
Fallecida: Hermana soltera, Gran Canaria
Piso: 280.000€
Banco: 50.000€
Heredero: Hermano único (Grupo III)
Base imponible330.000€
Reducción estatal Grupo III−7.993€
Base liquidable322.007€
Cuota estimada~50.000€
Bonificación 99,9% (cuota < 55.000€)−49.950€
PAGA~50€ ✅

En Canarias

~50€

En Madrid

~25.000€

En Cataluña

~50.000€

Caso 5 — Hermano hereda patrimonio muy grande (Grupo III, límite de bonificación)
Base imponible2.500.000€
Reducción−7.993€
Base liquidable2.492.007€
Cuota estimada antes bonificación~500.000€
Bonificación 99,9% solo sobre 55.000€−54.945€
Exceso (~445.000€) sin bonificacióntributa completo
CUOTA FINAL~445.000€

Conclusión: para herencias muy grandes entre hermanos, Canarias pierde la ventaja. El límite de 55.000€ de cuota bonificable es la clave. Para herencias de hasta ~500.000€ entre hermanos: Canarias sigue siendo imbatible.

⚠️ Todos los ejemplos son estimaciones orientativas. Consultar con asesor fiscal para tu caso concreto.

Cómo y dónde declarar en Canarias — plazos, modelo y presentación

Órgano gestorAgencia Tributaria Canaria (ATC)
Modelo650 (sucesiones)
Plazo6 meses desde el fallecimiento
Prórroga6 meses adicionales (antes del mes 5)

Proceso y plazos

1
Fallecimiento

Empieza el cómputo del plazo de 6 meses.

2
Mes 1-4

Reunir documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (a partir de 15 días hábiles), testamento o declaración de herederos, inventario de bienes.

3
Mes 5 (límite para prórroga)

Si necesitas prórroga, solicitarla antes de que venza el quinto mes. La prórroga genera intereses de demora.

4
Mes 6 (plazo ordinario)

Presentar el Modelo 650 ante la ATC. Pagar la cuota (aunque sea de 2€).

5
Hasta mes 12 (con prórroga)

Con intereses de demora. Superar el plazo sin prórroga: recargos del 5% al 20% según el retraso.

Aunque la cuota sea de 2 euros: hay que presentar

El modelo 650 debe presentarse en plazo aunque el resultado sea de 2 euros. No presentarlo es infracción tributaria. Además, los inmuebles no pueden transmitirse ni hipotecarse hasta que la herencia esté liquidada e inscrita en el Registro de la Propiedad.

Documentación básica

Certificado de defunción (Registro Civil).

Certificado de últimas voluntades (MJUSTICIA — a partir de 15 días hábiles del fallecimiento).

Testamento o declaración de herederos abintestato.

Inventario de bienes y deudas.

Documentación de cada bien: escrituras de inmuebles, extractos bancarios, valoraciones.

Justificantes de reducciones aplicadas.

Dónde presentar: Agencia Tributaria Canaria (ATC). Presentación telemática disponible con certificado digital o Cl@ve. Presencial en oficinas de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife y delegaciones en otras islas. Consulta también los documentos necesarios para tramitar una herencia en España.

Los trámites notariales y registrales: la liquidación del ISD (casi gratuita en Canarias) no es el único coste. Notario para la escritura de herencia: 300-2.000€ según complejidad. Registro de la Propiedad si hay inmuebles: variable. Estos costes existen independientemente del ISD.

Estimación orientativa. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta con un asesor especializado en fiscalidad canaria.

Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Canarias

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Bonificación del 99,9% — con criptomonedas incluidas

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⚠️ Aviso legal: cifras orientativas. No constituye asesoramiento fiscal individualizado.

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