El cambio histórico — cómo Valencia pasó de ser de las más caras a casi gratis para familias
Hasta el 28 de mayo de 2023, heredar en Valencia era uno de los actos con mayor coste fiscal de España. Un hijo que recibía una herencia de 300.000€ podía pagar entre 20.000€ y 40.000€ de impuesto de sucesiones. Desde esa fecha, ese mismo hijo paga aproximadamente 200€.
El cambio llegó con la Ley 6/2023, que introdujo una bonificación del 99% en la cuota tributaria para los Grupos I y II. La decisión política fue equiparar Valencia con Madrid y Andalucía, que ya tenían condiciones muy favorables para familias directas. Los efectos fueron retroactivos: las herencias causadas en los meses previos también pudieron beneficiarse.
Línea de tiempo del impuesto de sucesiones en Valencia
Hasta 2023
Una de las más caras de España
Bonificaciones muy limitadas. Familias directas pagaban miles de euros.
28 mayo 2023
99% para hijos, cónyuge y ascendientes
Ley 6/2023. Bonificación con efectos retroactivos. Cambio histórico.
1 junio 2026
25% para hermanos, tíos y sobrinos
Ley 5/2025. Primera bonificación para el Grupo III en Valencia.
1 junio 2027
50% para hermanos, tíos y sobrinos
Segunda fase de la Ley 5/2025. Ampliación progresiva.
Antes de 2023
Hijo hereda 300.000€ en Valencia
~30.000€
Una de las más caras de España
Desde mayo 2023
Hijo hereda 300.000€ en Valencia
~200€
Casi a la par que Madrid
Para más información sobre las bonificaciones vigentes: Beneficios fiscales — Conselleria d'Hisenda
La bonificación del 99% — quién la tiene y qué significa exactamente
Tienen la bonificación del 99% en Valencia:
- Grupo I: hijos y descendientes menores de 21 años
- Grupo II: hijos mayores de 21, cónyuge o pareja registrada, padres, abuelos, nietos, adoptados y adoptantes
No significa que no paguen nada. Significa que pagan el 1% de la cuota calculada según la tarifa progresiva estatal. Para la mayoría de familias, eso resulta en entre 50€ y 500€ independientemente del valor de la herencia.
Ejemplo paso a paso — piso en Benidorm + banco
Madre fallece en Valencia. Bienes: piso en Benidorm 250.000€ + banco 50.000€. Heredera: hija mayor de 21 años.
Base imponible: 300.000€ + ajuar ~9.000€ = 309.000€
Reducción Grupo II: −100.000€
Base liquidable: 209.000€
Cuota íntegra (tarifa estatal): ~31.000€
Bonificación 99%: −30.690€
Cuota final a pagar
~310€
Requisito fundamental: el fallecido debe haber residido habitualmente en la Comunitat Valenciana durante los 5 años anteriores al fallecimiento.
NOVEDAD 2026 — La bonificación para hermanos, tíos y sobrinos según la Ley 5/2025
NOVEDAD 2026La Ley 5/2025, de 30 de mayo, aprobada por la Generalitat Valenciana, amplía progresivamente las bonificaciones del impuesto de sucesiones al Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos y nueras. Hasta ese momento, este grupo no tenía ninguna bonificación en Valencia.
Calendario de bonificaciones — Grupo III
Hasta 31 mayo 2026
SIN bonificación
Solo la reducción estatal de 7.993€. Cuota íntegra completa.
Desde 1 junio 2026 EN VIGOR
25% de bonificación
Ya en vigor. Primera bonificación autonómica para el Grupo III en Valencia.
Desde 1 junio 2027
50% de bonificación
Segunda fase de la Ley 5/2025. Ampliación progresiva.
⚠ Regla clave — muy importante
La fecha del fallecimiento — no la de presentación de la herencia — determina qué bonificación aplica.
- Fallecimiento antes del 1 junio 2026 → hermanos sin bonificación
- Fallecimiento desde 1 junio 2026 → hermanos con 25% de bonificación
- Fallecimiento desde 1 junio 2027 → hermanos con 50% de bonificación
Ejemplo: hermana fallece en Castellón en septiembre 2026. Piso 180.000€ + banco 20.000€. Heredero: hermano único.
Sin bonificación (antes jun 2026)
~30.000€
25% bonificación (desde jun 2026)
~22.500€
50% bonificación (desde jun 2027)
~15.000€
El mensaje honesto: aunque la Ley 5/2025 supone un avance real, Valencia sigue siendo significativamente más cara que Madrid para hermanos. En Madrid, un hermano que hereda 200.000€ pagaría aproximadamente 7.000€. El 25% de bonificación es un primer paso en la dirección correcta.
Las reducciones en Valencia — el primer paso antes de aplicar la bonificación
Reducción y bonificación son dos conceptos distintos que se confunden frecuentemente. La reducción baja la base imponible (el valor sobre el que calculas el impuesto). La bonificación baja la cuota ya calculada. En Valencia se aplican las dos: primero reduces la base, luego aplicas la bonificación del 99% sobre la cuota resultante.
Grupo I
Hijos y descendientes menores de 21
Reducción: 100.000€ + 8.000€/año <21 (máx. 156.000€)
Hijo de 16 años → 140.000€
Grupo II
Hijos ≥21 años, cónyuge, padres, abuelos
Reducción: 100.000€ por heredero
Cónyuge hereda 300.000€ → reduce a 200.000€
Grupo III
Hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos
Reducción: 7.993,46€ (reducción estatal — muy baja)
Por eso el Grupo III paga tanto más
Grupo IV
Primos y no parientes
Reducción: Sin reducción alguna
Reducción por discapacidad
- Discapacidad física/sensorial ≥33%: 120.000€ adicionales
- Discapacidad psíquica ≥33% o física/sensorial ≥65%: 240.000€ adicionales
Reducción por vivienda habitual
- 95% del valor del inmueble
- Límite máximo: 150.000€ (vs 122.606€ estatal)
- Quiénes pueden aplicarla: cónyuge, ascendientes, descendientes, colateral mayor de 65 años conviviente
- Condición: mantener el inmueble 5 años
Nota: dado el 99% de bonificación para hijos y cónyuge, esta reducción tiene menor impacto práctico en Valencia que en otras comunidades — pero sigue siendo aplicable y puede resultar útil en determinados casos.
Cuánto paga exactamente cada heredero — ejemplos con pisos reales de Valencia, Alicante y Castellón
Cuatro casos concretos con cálculo paso a paso y comparativa con otras comunidades.
Parejas de hecho en Valencia — registradas vs no registradas, la diferencia decisiva
✓ Pareja registrada
Inscrita en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana
Grupo II — mismo trato que el cónyuge
Reducción: 100.000€
Bonificación: 99%
~200€
por herencia de 300.000€
✗ Pareja NO registrada
Sin inscripción en el Registro autonómico valenciano
Grupo IV — sin parentesco reconocido
Reducción: 0€
Bonificación: ninguna
~50.000€
por herencia de 300.000€
~50.000€ de diferencia por no estar registrados
El registro es un trámite presencial relativamente sencillo en cualquier registro civil autonómico. Debe hacerse en vida — no tiene efectos retroactivos en herencias ya causadas.
Más información: Registro de Uniones de Hecho — Generalitat Valenciana
Criptomonedas en herencias valencianas — el coste cuando los activos son irrecuperables
Con la bonificación del 99%, los hijos pagan muy poco de impuesto en Valencia. Eso crea una sensación de que la herencia está resuelta. Pero si hay criptomonedas sin documentar, el problema no es el impuesto: es la irrecuperabilidad del activo.
Ejemplo — 1 BTC (80.000€) en wallet propia sin instrucciones
ISD a pagar en Valencia
~80€
Con bonificación 99%
Bitcoin sin instrucciones de acceso
~80.000€
Irrecuperable para siempre
El impuesto es casi nada. El Bitcoin irrecuperable, todo.
El bajo coste fiscal da una falsa sensación de seguridad. “Como casi no pago de herencia, tampoco me preocupa la cripto” — es un error que puede costar decenas de miles de euros. La solución es documentar las instrucciones de acceso en vida. Lee más sobre cómo tributan las criptomonedas en una herencia en España.
Cómo declarar una herencia en Valencia — los pasos prácticos
Organismo gestor
La Conselleria d'Hisenda de la Generalitat Valenciana, a través de la Agència Tributària Valenciana (ATV). Presentación telemática disponible con certificado digital o Cl@ve.
Modelos a presentar
Modelo 650 (autoliquidación individual, uno por heredero) y Modelo 660 (declaración conjunta de la sucesión). Ambos se presentan ante la ATV.
Plazo ordinario
6 meses desde la fecha del fallecimiento.
Prórroga
6 meses adicionales solicitándola antes del quinto mes. Se aplican intereses de demora sobre el importe diferido.
Documentación
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento o declaración de herederos, escrituras de los inmuebles, extractos bancarios y documentación de todos los bienes. Ver la guía completa de documentos necesarios.
Consulta la guía de documentos necesarios para tramitar una herencia en España.
⚠ Estimación orientativa. No constituye asesoramiento fiscal.
Valencia vs Madrid vs Cataluña — la comparativa que todo heredero valenciano busca
| Caso (herencia 300.000€) | Valencia 2026 | Madrid | Cataluña |
|---|---|---|---|
| Hijo/hija mayor de 21 | ~200€ | ~200€ | ~10.000€ |
| Cónyuge / pareja registrada | ~200€ | ~200€ | ~300€ |
| Hermano (desde jun 2026, 25%) | ~22.500€ | ~7.000€ | ~30.000€ |
| No pariente | ~50.000€ | ~50.000€ | ~55.000€ |
El dato más revelador: en 2020, Valencia era más cara que Cataluña para familias directas. En 2026, para hijos y cónyuge, está prácticamente a la par que Madrid. Un cambio histórico en tres años.
Para hermanos y sobrinos, sin embargo, Valencia sigue siendo significativamente más cara que Madrid. El 25% de bonificación de 2026 es un avance real, pero no equipara a Valencia con las comunidades más favorables para el Grupo III.
Ver la comparativa completa del impuesto de sucesiones por comunidades autónomas y cómo funciona la bonificación del 99% en Madrid para herencias.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en Valencia 2026
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